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Escuela Europea de Consumidores del Gobierno de Cantabria Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo del Principado de Asturias Asociation of Consumer Organizations in Slovakia Porgrama Sócrates de la Comisión Europea Porgrama Sócrates de la Comisión Europea Porgrama Sócrates de la Comisión Europea Consejería de Economía y Hacienda. Dirección General de Comercio y Consumo Lithuanian National Consumers Federation
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 Dossier Documental / Anexos
 
ANEXO LEY 44/2006 ANEXO, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios
ANEXO REAL DECRETO 776/2006, de 23 de junio, por el que se modifican el Real Decreto 1287/1999, de 23 de julio, por el que se aprueba el Plan técnico nacional de la radiodifusión sonora digital terrenal, y el Real Decreto
ANEXO ORDEN ITC/912/2006, de 29 de marzo, por la que se regulan las condiciones relativas a la calidad de servicio en la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas
ANEXO REAL DECRETO 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de telecomunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios
ANEXO LEY 32/2003, de 03 de noviembre, General de Telecomunicaciones
ANEXO LEY 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico
ANEXO ORDEN CTE/711/2002 Aspectos relacionados con la calidad del servicio: información, publicidad, contratación, facturación
 
 
 
ANEXO DIRECTIVAS. Marco General

ANEXO DIRECTIVA 2002/58/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 12 de julio de 2002 relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las Comunicaciones electrónicas)

ANEXO DIRECTIVA 2002/21/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 7 de marzo de 2002 relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas
ANEXO DIRECTIVA 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico)
 
ANEXO DIRECTIVAS
Marco General:
 

El  nuevo marco regulador está integrado por una Directiva marco (Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas) y cuatro Directivas específicas:

  • Directiva 2002/58/CE  del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas)
  • Directiva 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas.
  • Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas
  • Directiva 2002/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al acceso a las redes de comunicaciones electrónicas y recursos asociados, y a su interconexión.
El conjunto de Directivas arriba señaladas, tiene por objeto la regulación de las comunicaciones electrónicas, concepto que tiene un ámbito más restringido que el de Telecomunicaciones, objeto de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones. Estas Directivas , al regular las comunicaciones electrónicas se refieren a ámbitos concretos de las telecomunicaciones, como son , la habilitación para actuar como operador en este sector, los derechos y obligaciones de los operadores, las obligaciones en materia de interconexión y acceso, la necesidad de garantizar unas prestaciones mínimas bajo el epígrafe de servicio universal y los derechos de los usuarios. Sin embargo éstas Directivas, no abordan temas que se encuentran dentro del régimen de las telecomunicaciones, como podrían ser los requisitos para la evaluación de la conformidad y puesta en el mercado de los aparatos de telecomunicaciones.
Como consecuencia, toda la regulación de las comunicaciones electrónicas se entiende incluida en el concepto más amplio de telecomunicaciones y por lo tanto dictada por el Estado en virtud de su atribución competencial exclusiva del artículo 149.1.21ª de la Constitución.
La nueva regulación consagra una serie de principios, basados en un régimen de libre competencia, introducción de mecanismos correctores que garanticen la aparición de operadores distintos a los titulares del antiguo monopolio, la protección de los derechos de los usuarios, la mínima intervención de la Administración en el sector, el respeto de la autonomía de las partes en las relaciones entre operadores y la supervisión administrativa de los aspectos relacionados con el servicio público, el dominio público y la defensa de la competencia.
 
© 2007 (Escuela Europea de Consumidores)

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