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¿Cómo efectuar una denuncia Penal?

Finalmente, si el comprador, o el consumidor en general, entiende que la actuación del vendedor no sólo ha incumplido los deberes civiles o administrativos que le incumben, sino que su actuación es susceptible de ser considerada un delito (estafa, apropiación indebida, falsedad, etc.) puede presentar la oportuna denuncia en vía judicial penal.

La denuncia debe reunir los siguientes requisitos:

  1. La denuncia puede hacerse por escrito o de palabra, personalmente o por representante con poder especial. Si la denuncia se hace por escrito, debe ir firmada por el denunciante.

  2. Se puede efectuar ante el Juez de Instrucción del lugar donde se ha cometido el delito, ante el Fiscal o ante un funcionario de policía. Si la denuncia se hace verbalmente, se deberá levantar un acta de la misma y el denunciante tiene derecho a que se le entregue un resguardo de haber efectuado la denuncia.

  3. En la denuncia se relatarán de forma concisa y concreta los hechos que se consideran delictivos, la fecha de ocurrencia de los mismos y la identidad de los responsables, si se conoce; así como los daños o perjuicios causados o previstos. Se podrán aportar las pruebas que se consideren pertinentes.

Tras la presentación de la denuncia, y si el Juez entiende que existe apariencia de haberse cometido un delito, iniciará las correspondientes actuaciones penales.

En las diligencias penales se resolverá sobre la responsabilidad penal del denunciado y también, si el denunciante no renuncia a ello, sobre la responsabilidad civil por los daños y perjuicios producidos al mismo. Pero si el denunciante pretende ser informado de la marcha de dichas diligencias, intervenir en ellas y actuar reclamando lo que le corresponde, deberá personarse en las mismas representado por procurador y asistido por abogado. 

 

 

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