![]() ![]() |
|||
|
Introducción |
Tipos Los tipos más frecuentes son: Préstamo de estudios Suelen ser ofertas dirigidas a los jóvenes para financiar matrículas universitarias,cursos de postgrado y estudios diversos. Tiene un coste más barato que los créditos personales. Para obtenerlo hace falta presentar al banco garantías suficientes para el pago Préstamo al consumo Es una modalidad que suele utilizarse para financiar la adquisición de bienes de consumo duradero, como un automóvil, un electrodoméstico, una moto, etc.. cuando no se dispone de toda la cantidad necesaria para su adquisición. Para acceder a este tipo de préstamo se necesita presentar la declaración del IRPF, la declaración de bienes y dos nóminas. El plazo máximo de devolución suele ser de cinco años |
||
|
|||
Este tipo de préstamos, a veces se conceden directamente por algunos establecimientos que, en ocasiones, actúan como intermediarios financieros, por lo que es aconsejable informarse sobre las verdaderas características del préstamo. En general, lo más aconsejable es solicitar directamente el préstamo a una entidad bancaria
Préstamo personal
Presenta características muy similares al préstamo al consumo, Su diferencia fundamental estriba en el destino que se va a dar al dinero, ya que en este caso suele destinarse a la adquisición de un bien perecedero o intangible (una boda, un viaje,...). Están intervenidos por un corredor de comercio
Este tipo de préstamo es interesante para cantidades pequeñas, a pesar de que los intereses que se pagan son elevados. Para cantidades de mayor envergadura es más aconsejable la solución del préstamo hipotecario
El plazo de devolución es más corto, ya que suele ser de un año, aunque haya entidades que amplían este plazo hasta los cinco años
El importe máximo del préstamo estará en función de los ingresos demostrables ante la entidad
Si se puede elegir, es preferible pagar el préstamo mediante cuotas constantes, porque se pagan menos intereses
Siempre que se pueda, debe elegirse un plazo corto para devolver el importe del préstamo y cancelar la deuda lo antes posible, si se dispone de dinero para ello. De esta forma se ahorrará el pago de intereses
Préstamo hipotecario
Este tipo de préstamos se caracterizan porque en ellos se ofrece como garantía de pago un bien inmueble que se hipoteca, es decir, se pone a disposición del banco, que pasará a ser el propietario de la vivienda en caso de no satisfacer la deuda
Este es uno de los tipos de préstamos más frecuentemente utilizados, especialmente para la compra de una vivienda. La cantidad máxima de dinero que se puede conseguir depende básicamente de dos factores:
· por una parte, no suelen conceder más del 70 - 80% del valor de tasación de la vivienda que se hipoteca, aunque en ocasiones puede conseguirse más.
· por otro lado, en función de la capacidad de endeudamiento que reconozca el banco al usuario. Es decir, dependerá de la cantidad que se pueda demostrar al banco que se es capaz de pagar
La hipoteca conlleva diversos gastos: de tasación, seguros, impuestos, notario, etc..., pero para cantidades de cierta importancia es el préstamo más aconsejable dado que los intereses son más bajos
Siempre que sea posible, tratar de conseguir un préstamo que no tenga comisión de cancelación, pues de esta forma se puede cambiar de entidad cuando se considere más interesante, sin coste adicional
Suele llegarse a tardar hasta 60 días en la tramitación de un préstamo hipotecario, lo cual debe tenerse previsto en la compraventa de una vivienda con entrega en plazo fijo
Presentan más problemas los préstamos concedidos a interés variable, por lo que si el consumidor no es muy experto en la materia es preferible escoger la modalidad de interés fijo
Tenga en cuenta que el retraso de las cuotas puede acarrearle graves complicaciones, desde el incremento de los intereses hasta el vencimiento anticipado y la subasta de la vivienda
El préstamo hipotecario destinado a fines diferentes de la adquisición de la vivienda habitual tienen un coste superior y son también más caros los trámites. La cuota periódica a pagar no puede ser superior al 30% de los ingresos del solicitante