España

El TAE

Es la Tasa Anual de Equivalencia. Representa el porcentaje real que se va a aplicar a la operación (préstamo, imposición a plazo, etc,...

Para calcular la TAE (en caso de un préstamo) hay que considerar: el tipo de interés del préstamo; todos los gastos iniciales, el fraccionamiento de los pagos. En el caso de un préstamo hipotecario, los gastos de cancelación del mismo.

Aunque ambos se expresan en porcentajes, no es lo mismo el interés nominal que la TAE. En ambos caso, el consumidor debe fijarse en la TAE que es realmente lo que se va a percibir por el dinero o se va a pagar por el préstamo

Para ver la diferencia entre interés nominal y TAE, lo mejor será con unos ejemplos

Comisión EuropeaEscuela Europea de ConsumidoresGobierno de CantabriaMAG (Estudios de Consumo) S.L.IFAVConsomation et Logement Cadre de VieAssociation d'avocats

 


El consumidor no sólo debe fijarse en el porcentaje, sino en las circunstancias anejas y solicitar cuantas aclaraciones necesite para que le quede muy claro lo que firma.

Comprobar que el TAE anunciado es el real es la primera regla a tener en cuenta.


 

Si se habla de un interés del 3% semestral, el cálculo de la TAE, se haría aplicando la siguiente fórmula:


donde i es la TAE; ik el tanto por uno efectivo referido al período de tiempo elegido y k el número de veces que el año contiene al período elegido. Por lo tanto, al ser el interés del 3%, dividiendo 3 entre 100 obtenemos el tanto por uno; el exponente es 2 porque es el número de semestres que hay en un año y el resto son valores fijos

 

En el caso de un interés nominal del 3% a pagar trimestralmente:


sólo difiere con el ejemplo anterior en el período considerado, que en este caso son trimestres, por lo que la única diferencia será el exponente del paréntesis que es 4 porque es el número de trimestres que hay en un año

Veamos por último un caso en el que el interés nominal es del 3% anual, a pagar mensualmente

hay que dividir el 3 por ciento entre los 12 meses del año, obteniendo 0,25% que pasado a tanto por uno sería 0,0025. En cuanto al exponente, es 12 por el número de meses al año

Como puede verse, es muy importante analizar muy bien las informaciones porque hay una gran diferencia entre que se anuncie "el mismo interés" a pagar en un semestre, un trimestre o en un año, porque en realidad son intereses muy diferentes. En nuestro caso, para un "mismo interés" del 3%, los TAE son para el ejemplo semestral del 6,09%; para el trimestral del 12,55% y para el anual del 3,04%. El consumidor no sólo debe fijarse en el porcentaje, sino en las circunstancias anejas y solicitar cuantas aclaraciones necesite para que le quede muy claro lo que firma

Estos cálculos del TAE son válidos siempre que no existan costes añadidos, (como comisiones de apertura, de mantenimiento, etc, ) porque si no habría que incluirlos en el cálculo del coste efectivo para conocer el TAE real. La normativa en vigor obliga a ello

En el caso de los depósitos a plazo, remuneración de supercuentas, etc,.., la situación se invierte, ya que el TAE anunciado suele ser superior al realmente percibido, porque se aplican toda una serie de descuentos relativos a comisiones, gastos, etc... Comprobar pues que el TAE anunciado es el real es la primera regla a tener en cuenta